REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, 25 de Mayo de dos mil Diez.
200° y 151°

Vista la transacción que corre inserta a los folio 40 hasta el 43, celebrada entre las partes en fecha 06/05/2010, por el abogado LUIS A ALBARRAN TORRES apoderado judicial de la parte demandada, el Abogado ANDRES R. MONTENEGRO LARES, parte actora, el Tribunal por cuanto observa que la misma versa sobre materia en la cual no está prohibida la transacción el Tribunal imparte su aprobación y en consecuencia HOMOLOGA la misma en los términos expuestos, entre las partes, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ TITULAR

RENAN JOSE GONZALEZ
EL SECRETARIO

WALID JOSEPH YOUNES M

EXP. N° AP31-V-2009-004050
RJG/WJY/EPº