REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, 05 -05-2010
199° y 150°

ACTA INSTALACION AUDIENCIA PRELIMINAR
(Desistido)

ASUNTO Nº KP02-L-2009-1981

PARTE ACTORA: ANA BEATRIZ MUJICA SERRANO, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 10.766.183

PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil SANOFI AVENTIS DE VENEZUELA S.A.

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 05 de mayo de 2010, siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar. Se deja constancia que la parte actora ciudadana ANA BEATRIZ MUJICA SERRANO, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 10.766.183 y que la parte demandada Sociedad Mercantil SANOFI AVENTIS DE VENEZUELA S.A, no comparecieron ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, según la información suministrada por el Alguacil KELVIS CRESPO, encargado de anunciar la audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 199° y 150°.

LA JUEZ

ABG. EUGENIA MARÍA ESPINOZA PIÑANGO
LA SECRETARIA

ABOG. ANNIELY ELIAS
EL ALGUACIL