REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES QUINTO DE CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
200º y 151º
Barquisimeto, 25 de Mayo de 2010
ASUNTO KP01-P-2007-013372
Una vez abocada, visto y analizado el presente Asunto constata esta Juzgadora que riela al folio (49) Decreto de ARCHIVO FISCAL por parte del representante del Ministerio Público Abog. YARITZA MARINA BERRIOS BAPTISTA, a favor de los ciudadanos RUBÉN DARIO DAZA, y BISMEL JOSÉ LEAL ARRIECHE, titulares de las cédulas de identidad Nº 20.186.865, y 21.143.266, respectivamente, por la presunta comisión del delito de ROBO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal. Motivo por el cual considera esta juzgadora que siendo el Ministerio Público el titular de la acción penal se debe remitir el presente Asunto a la Fiscalia Cuarta del Ministerio Público del Estado Lara, y ordenar el cese inmediato de toda medida de coerción personal que pesaba sobre los imputados, como lo era la presentación cada TREINTA (30) DÍAS, ante la taquilla de presentaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara. Así se decide.
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO EN FUNCIONES QUINTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir en los siguientes términos: PRIMERO: Se remite el presente Asunto a la Fiscalia Cuarta en virtud del ARCHIVO FISCAL, a favor de los ciudadanos RUBÉN DARIO DAZA, y BISMEL JOSÉ LEAL ARRIECHE, titulares de las cédulas de identidad Nº 20.186.865, y 21.143.266. SEGUNDO: Se Ordena el cese inmediato de toda medida de coerción personal que pesaba sobre los imputados, como lo era la presentación cada TREINTA (30) DÍAS, ante la taquilla de presentaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara. TERCERO: Ofíciese a la Taquilla de presentaciones. CUARTO: Remítase el presente asunto a la fiscalia Cuarta del Estado Lara.
Regístrese, Publíquese, notifíquese a las partes.
JUEZ QUINTO DE CONTROL
MARISOL LÓPEZ GONZÁLEZ
SECRETARIO (A)
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