REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, once de mayo de dos mil diez
200º y 151º



ASUNTO: KP02-R-2010-000456
Revisadas como han sido las actas procesales que componen la presente causa, este Juzgador observa que el lapso estipulado para la consignación de la copia de la Sentencia Apelada, así como del auto que negó la apelación, que fungen como instrumentos fundamentales de la presente acción se encuentra vencido, es por lo que este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE el presente Recurso. Y así se decide.-


El Juez
La Secretaria.,
La Secretaria
Abg. Harold Rafael Paredes Bracamonte
Abg. Bianca Escalona.


HRPB/BE/rccg