REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cinco de mayo de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO : KP02-V-2010-001701
Vista la demanda de Resolución de Contrato intentado el Abogado ARMANDO JOSE WOHNSIEDLER RIVERO, inscrito en el IPSA bajo el N° 22.150, en su carácter de apoderado Judicial de la ciudadana JANNE JOSEFINA PANICO DE JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.363.324, contra la empresa CHEVRON GLOBAL TECHLOLOGY SERVICIO COMPANY, inscrita en el Registro Mercantil primero del Estado Zulia, en fecha 28 de Octubre de 1997, Bajo el N° 52, Tomo 79-A, este Tribunal observa que conforme lo dispone la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18-03-2009 dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02-04-2009, el conocimiento del presente asunto corresponde a los Juzgados de Municipio en forma exclusiva y excluyente, razón por la cual este Tribunal se DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la presente solicitud en razón de la cuantía. En consecuencia, una vez precluya el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil sin que se interponga el recurso de ley contra la presente decisión, se procederá a remitir la presente causa a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos para su distribución entre los Juzgados de Municipio Iribarren del Estado Lara.-
La Juez
Mariluz Josefina Perez
La Secretaria
Eliana Gisela Hernández Silva
MJP/Milagro
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