REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte de mayo de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO : KP02-S-2010-001717
“VISTOS”
La ciudadana EVELYM PASTORA COLMENAREZ CAMACARO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.734.124 de este domicilio, asistido por la Abogada LUIS BELTRAN VILORIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 2655 solicita la Rectificación del Acta de Nacimiento, la cual corre inserta bajo el N° 2458, folio 40 del año 1.959, llevados por ante la Parroquia Concepción del Municipio Iribarren del Estado Lara marcado con la letra “A”, por cuanto la solicitante afirma que adolece del siguiente error: "Que en su Acta de Nacimiento que se encuentra asentada en la Parroquia Concepcion del Municipio Iribarren del Estado Lara, se señala que omitieron el primer nombre de su madre siendo lo correcto “ANA PASTORA CAMACARO DE COLMENAREZ” y omitieron y transcribieron erroneamente el nombre de su padre como “YNOCENCIO COLMENARES” siendo lo correcto “PILAR INOCENCIO COLMENAREZ PARGA” tal y como se evidencia en los documentos que acompañan la presente solicitud como lo es el Acta de Nacimiento marcado con la letra “A”, el Acta de Nacimiento del padre de la solicitante marcado con la letra “B”, el Acta de Nacimiento de la madre de la solicitante marcado con la letra “C”, datos filiatorios de la solicitante marcado con la letra “D”, copia de la cedula de identidad de la madre de la solicitante marcado con la letra “E”, copia de la cedula del padre de la solicitante marcado con la letra “F” y copia de la cedula de identidad de la solicitante marcado con la letra “G”. La solicitud se admitió en fecha 05-03-2010. Se acordó la notificación del Fiscal del Ministerio Público, la cual se verificó en fecha 26-03-2010. Cumplidos los requisitos de Ley, siendo esta la oportunidad para decidir este Tribunal observa: --------------------------------------------------------------------------
UNICO:
Con vista de los documentos públicos acompañados, a los cuales el Tribunal le otorga pleno valor probatorio, de conformidad con lo previsto en los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil Venezolano vigente; considera este Sentenciador que está plenamente evidenciado el error señalado por la solicitante en el ACTA DE NACIMIENTO cuando omitieron el primer nombre de su madre siendo lo correcto “ANA PASTORA CAMACARO DE COLMENAREZ” y omitieron y transcribieron erroneamente el nombre de su padre como “YNOCENCIO COLMENARES” siendo lo correcto “PILAR INOCENCIO COLMENAREZ PARGA”. Por consiguiente, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana EVELYM PASTORA COLMENAREZ CAMACARO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.734.124, al Registrador Civil de la Parroquia Concepción del Municipio Iribarren y al Registrador Principal del Estado Lara estampar la debida nota marginal en la Partida de Nacimiento, inserta bajo el N° 2458, folio 40 del año 1.959 de los libros respectivos. Ofíciese lo conducente a dichos Organismos y remítase copia certificada de la presente decisión.---------------------------------------------------------------------------------------------
Regístrese y publíquese.-------------------------------------------------------------
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del JUZGADO CUARTO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto el veinte (20) días del mes de Mayo del 2.010. Años: 200º y 151º.----------------------------------------------------------------------
La Juez Temporal,
Abg. LUZ MARIA VILLARROEL La Secretaria,
Abg. NATALI CRESPO QUINTERO
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