REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.

Cabudare, 07 de Mayo de 2.010
Años 200º y 151º

Causa Civil Nº 3.599-10.-
Separación de Cuerpo por Mutuo Consentimiento
Visto el escrito de solicitud de SEPARACION DE CUERPOS POR MUTUO ACUERDO entre los ciudadanos: DENNIS ALEXIS GELVES PIRE y CLAUDIA CAROLINA VILLANUEVA ESCALONA, mayores de edad, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.377.522 y V-15.729.947, respectivamente, asistidos por el abogado JUAN CARLOS TORRES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 119.513; désele entrada, anótese en el Libro respectivo, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DICHA SEPARACION, en la misma forma, término y condiciones por ellos convenidas, por estar fundamentada en causa legal. Así mismo, expídase la copia certificada correspondiente en su oportunidad. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público. Líbrese boleta. Fórmese expediente.-

El Juez,




Abg. Coromoto de Del Nogal

El Secretario,



Abg. Lucio Torres Armeya
Seguidamente, se le dio entrada, quedando anotada bajo el N° _____- y se libró boleta a la Fiscal.-
El Secretario



Abg. Lucio Torres Armeya