REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRES ELOY BLANCO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Sanare, 11 de Mayo del 2010
Años 200° y 151°
Demandante: MARIA LOURDES MENDOZA
Demandado: LEONARDO VILLEGAS
Beneficiarios: (omisión del nombre de los niños conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente).
Motivo: PERENCIÓN DE LA INSTANCIA – OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN
Revisadas como han sido las actuaciones en el presente juicio, se evidencia que se ha extinguido la instancia de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, este Tribunal declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, y en consecuencia acuerda su archivo judicial. Líbrese el respectivo oficio. Cúmplase.
El Juez Provisorio
Abog. Ender Rojas
La Secretaría
Abog. Caribay Goyo Lucena
Exp. N° 646/01