REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco
de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Sanare, 25 de Mayo del 2.010
Años: 200° y 151°
PARTES: ELITA OSAL contra RAMON BRAVO
BENEFICIARIA: ELITA YORBELIS BRAVO OSAL
MOTIVO: EXTINCION DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN
Previa revisión exhaustiva del presente expediente y por cuanto se desprende del acta de nacimiento N° 525; folio 262 fte, de los libros del Registro Civil de Nacimiento de la Prefectura del Municipio Andrés Eloy Blanco del estado Lara de la beneficiaria en la presente causa, ciudadana ELITA YORBELIS BRAVO OSAL; que la misma ya alcanzo la mayoría de edad, por cuanto nació en fecha: 08 de Junio de 1985; este Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Lara Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad con el articulo 383, ordinal b. de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECLARA EXTINGUIDA, la obligación de manutención por parte del ciudadano RAMON BRAVO, en beneficio de su hija ELITA YORBELIS BRAVO OSAL. El Tribunal ordena la remisión del presente expediente al archivo Judicial. Cúmplase.-
El Juez Provisorio
Abog. Ender Rojas
La Secretaria del Juzgado
Abog. Caribay Goyo Lucena
Seguidamente se cumplió lo ordenado. Conste.-
La Secretaria
Exp. N° 986/03