REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, veintisiete de mayo de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: KP12-M-2010-000005-
DEMANDANTE: MIGUEL RIERA MELENDEZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.193.053.
ENDOSATARIO EN PROCURACION PARTE DEMANDANTE: DOUGLAS RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, Abogado en ejercicio e inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 11.165.
DEMANDADOS: MANUEL CRESPO y MILAGRO GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 4.803.061 y 10.765.788, domiciliados en la ciudad de Carora, Municipio Torres del Estado Lara.
MOTIVO: SENTENCIA INTERLOCUTORIA POR HOMOLOGACION DE CONVENIMIENTO.
Visto el Convenimiento realizada por las partes en el presente juicio, en fecha 19 de Mayo del año 2010, por ante el Juzgado Ejecutor del Municipio Torres del Estado Lara, este Tribunal conforme a lo dispuesto en el articulo 256 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACION correspondiente por no ser contraria a derecho, teniéndose como SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, se ordena el archivo del presente asunto.
Expídase por Secretaria copia certificada de la presente Sentencia y archívese.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, Veintisiete (27) de Mayo de 2.010. Años: 200° y 151°.
El Juez Provisorio,
Abog. FRANCISCO ROMAN ZAMBRANO GOMEZ.
La Secretaria,
Abog. BETTSIMAR BARRIOS CARDOZO.
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 175-2010, se publicó siendo las 10:00 a.m. y se expidió copia certificada para archivo.
La Secretaria,
ABOG. BETTSIMAR C. BARRIOS CARDOZO.
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