REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Circunscripción Judicial del Estado Lara

ASUNTO: KP02-L-2010-000535

PARTE ACTORA: AURA ROSA NOROÑO, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 9.351.598.-

PARTE DEMANDADA: JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO LAS MERCEDES.-

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.-

Hoy, 20 de Mayo de 2010, siendo las nueve y treinta de la mañana (9:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la instalación de la Audiencia Preliminar. Se deja constancia que la actora ciudadana AURA ROSA NOROÑO, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 9.351.598 y que la parte demandada JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO LAS MERCEDES, no comparecieron ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, según la información suministrada por el Alguacil HECTOR LUCENA, titular de la cédula de Identidad V-5.256.623 encargado de anunciar la audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 200° y 151°.-

La Juez

Abg. Liliana Josefina Mérida Lozada

La Secretaria
Abg. Yennifer Viloria