REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOCONÓ Y JUAN VICENTE CAMPO ELIAS

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOCONÓ Y JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.- BOCONÓ, PRIMERO (1°) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIEZ.-

200° y 151°

Vista la anterior diligencia suscrita en fecha 27-10-2010, por la ciudadana: YULIMAR CASTELLANO DAVID, titular de la cédula de identidad N° V-18.471.093 con el carácter de parte demandante en la presente causa, mediante el cual DESISTE DEL PROCEDIMIENTO, en la presente causa, por cuanto a llegado a un acuerdo amistoso con el padre de su niño, ciudadano: JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ BETANCOURT, e igualmente solicita se de por terminada la presente causa, se proceda como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, se ordene el archivo del expediente; por ser procedente lo solicitado, se acuerda de conformidad.- En consecuencia este Tribunal da por consumado el acto por el cual la parte Demandante Desiste de la acción y acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se ordena el archivo de este Expediente y remitirlo en su oportunidad al Archivo Judicial del Estado Trujillo, para su archivo definitivo.-
La Juez Temporal

Abg. Soraya Soler Cuevas La Secretaria,

Yonely Fernández Mejía


La anterior copia es traslado fiel y exacto de su original, lo que certifico en Boconó al Primer (1°) día del mes de Noviembre de dos mil diez.-
La Secretaria,

Yonely Fernández Mejía
HOMOLOGACIÓN DE DESISTIMIENTO
Exp. Menores N° 2.728-2010





SS/YFM/ncb