REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOCONÓ Y JUAN VICENTE CAMPO ELIAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOCONÓ Y JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.- BOCONÓ, NUEVE (09) DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-

200° y 151°

Visto el desistimiento realizado en fecha 04-11-2.010, por la ciudadana: MARÍA ALEJANDRA SANTIAGO SANTIAGO, en su carácter de parte Demandante, mediante la cual desiste del procedimiento en la presente causa, por cuanto ha llegado a un acuerdo amistoso con el padre de su niña ciudadano: DANIEL ALFONSO PALENCIA SANTIAGO, en su carácter de parte Demandada.- En consecuencia, este Tribunal dá por consumado el acto por el cual la parte demandante Desiste de la acción y acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido se ordena el Archivo de este Expediente y remitirlo en su oportunidad al Archivo Judicial del Estado Trujillo, a los fines de su archivo definitivo.-
La Juez Temporal,

Abg. Soraya Soler Cuevas
La Secretaria,

Yonely Fernández Mejía

En la misma fecha se dió cumplimiento al auto que antecede.-

La Secretaria,



SSC/YFM/nqv