REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Barquisimeto, doce de noviembre de 2010
200º y 151º
ASUNTO: KP02-V-2010-001633
Demandante: RODRIGO RAMON TOVAR MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.573.090.
Asistido Por: Abogada YOLINDA M. VARGAS RUIZ, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 138.606.
Demandados: THAIRA DARELYS HERRERA PEREIRA y EDILCIO EDGARDO SUAREZ RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-10.370.941 y V- 15.170.571, respectivamente.
Beneficiario: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑAS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, de dos (02) años de edad.
Motivo: Declaración de terminado el procedimiento de Impugnación de Paternidad, por aplicación del artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

En fecha 22 de abril de 2010, el ciudadano Rodrigo Ramón Tovar Martínez, ya identificado, debidamente asistido de abogada, presentó demanda de Impugnación de Paternidad en contra de los ciudadanos Thaira Darelys Herrera Pereira y Edilcio Edgardo Suárez Rodríguez plenamente identificados, acompañó su demanda con copia certificada de la partida de nacimiento del beneficiario y copias fotostáticas de las cédulas de identidad de las partes en juicio y de los testigos.
En fecha 19 de mayo de 2010, se admitió la demanda, y en fecha 02 de agosto del 2010 se acordó notificar a los demandados, librar edicto y oír la opinión del niño de autos de conformidad con el artículo 80 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes.
En fecha 04 de agosto del 2010 el alguacil consigno boleta de notificación debidamente firmada por las partes demandadas y en fecha 15 de octubre de 2010, la secretaria del Juzgado certificó la notificación efectuada a la demandada y se fijó la audiencia preliminar en fase de sustanciación, para el día 10 de noviembre de 2010, a las 09:00 a.m, por cuanto el día fijado para la audiencia preliminar en fase de sustanciación no hubo despacho se fijo nueva oportunidad para el día 12 de noviembre del 2010 a las 09:00 de la mañana.
En fecha doce (12) de noviembre del 2010, oportunidad fijada para la audiencia preliminar en fase de sustanciación, se dejó expresa constancia que no comparecieron las partes ni por si ni mediante apoderado judicial, por lo que en aplicación del artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se dio por terminado el procedimiento.

DECISION.
Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, declara en aplicación de la norma del artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, TERMINADO el procedimiento de Impugnación de Paternidad, intentado por el ciudadano RODRIGO RAMON TOVAR MARTINEZ, ya identificado, en contra de los ciudadanos THAIRA DARELYS HERRERA PEREIRA y EDILCIO EDGARDO SUAREZ RODRÍGUEZ, y en consecuencia extinguida la instancia. Así se decide.
Regístrese y publíquese
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, doce (12) de noviembre de 2010. Año 200º y 151º.
LA JUEZ PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACIÒN

Abg. ALIDA VILLASANA DE ANDUEZA
La Secretaria.
Abg. Iliana Mejias
En esta misma fecha se registro bajo el Nº 1265-2.010, siendo las 03:30 p.m.
La Secretaria.
Abg Iliana Mejias
KP02-V-2010-001633
AVA/IM/linda