Vista la solicitud de homologación de acuerdo extrajudicial de Obligación de Manutención, presentada ante este despacho por los ciudadanos CELIA ISIDRA ALVAREZ y JORGE ANTONIO PEREZ ALVARADO, venezolanos, mayores edad, titulares de las cédulas de identidad Nos: V- 13.435.060 y 11.792.311, respectivamente, asistidos por la Fiscal Décimo Cuarta del Ministerio Público, se le da entrada.
Partes: CELIA ISIDRA ALVAREZ y JORGE ANTONIO PEREZ ALVARADO, venezolanos, mayores edad, titulares de las cédulas de identidad Nos: V- 13.435.060 y 11.792.311, respectivamente.
Asistidos por: La Fiscal 14º del Ministerio Público.
Beneficiario: Identidad omitida de conformidad con el Articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Este Tribunal en atención a lo estipulado en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, estando dentro del lapso legal establecido, le imparte su HOMOLOGACIÓN al acuerdo de obligación de manutención, el cual consiste en lo siguiente: “PRIMERO: El padre suministrará CIEN BOLIVARES FUERTES SEMANALES, (BS. F. 100,00) a razón de CUATROCIENTOS BOLIVARES FUERTES (BS. F. 400,00) MENSUALES, que serán depositados en una cuenta de ahorro a nombre de la madre. SEGUNDO: El padre se compromete a cubrir en un 50% los gastos ropa, calzado, gastos médicos, consultas medicas, uniformes y útiles escolares con la madre”. Téngase el presente acuerdo como sentencia firme ejecutoriada y expídase copia certificada de la misma a los interesados. Así se decide.
Regístrese y publíquese.
Dada, sellada y firmada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara con sede en Barquisimeto, 26 de noviembre de 2010. Años: 200º y 151º.
La Juez Primera De Mediación y Sustanciación,
Abg. Alida Villasana de Andueza
La Secretaria,
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 1375-2.010 y se publicó siendo las 10:24 a.m.
La Secretaria
Andrea’.-
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