REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, nueve de noviembre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO : KP02-V-2010-003246

Partes:
Demandante: Katherine Yulieth Martinez Benitez, venezolana, titular de la cedula de identidad Nº 20.017.135 domiciliada en las Urbanización La carucieña, Avenida 4, sector 1, calle 07, vereda 54 casa Nº 14, Parroquia Juan de Villegas Barquisimeto Estado Lara.
Demandado: Yoandris Antonio Álvarez Díaz, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-16.088.592, domiciliado en la Ruezga Norte, Sector 2 calle 4 casa Nº 04, Parroquia Catedral del Municipio Iribarren, Barquisimeto, estado Lara.
Beneficiarios: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NINO, NIÑA Y ADOLESCENTE, de 02 años de edad.

Desarrollo de la Audiencia Preliminar en fase de Mediación.
El día de hoy nueve de Noviembre de 2010, siendo la oportunidad para celebrar la audiencia preliminar en fase de mediación, fijada en auto de fecha 01 de noviembre de 2.010, entre los ciudadanos Katherine Yulieth Martínez Benítez y Yoandris Antonio Álvarez Díaz, titulares de las cédulas de identidad Nº V-20.017.135 y V-16.088.592 respectivamente, previo anuncio por el alguacil de este Circuito Judicial, se dejó constancia que no compareció la parte demandante ciudadana Katherine Yulieth Martínez Benítez, personalmente al acto, se deja constancia que al momento del llamado por el funcionario del tribunal se encontraba presente la parte demandada ciudadano Yoandris Antonio Álvarez Díaz, ya antes identificado, en virtud de ello esta juzgadora, en aplicación del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, emitió el fallo oralmente y en este orden tomando en cuenta la inasistencia de la demandante conforme lo dispone la norma in comento como sanción procesal para el actor que no acuda a la Audiencia Preliminar en fase de mediación, debe declarar desistido el procedimiento incoado contra el ciudadano Yoandris Antonio Álvarez Díaz, pudiendo la demandante presentar nuevamente la demanda trascurrido que sea el lapso de un mes. Así se decide.

Dispositiva
En virtud de todo lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Mediación y Sustanciación En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara Desistido el procedimiento que por cumplimiento de obligación de manutención que acciono la ciudadana Katherine Yulieth Martínez plenamente identificada en autos en contra del ciudadano Yoandris Antonio Alvarez Díaz ya antes identificado, a tenor de lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Queda extinguida la Instancia. Dada, sellada y firmada en Barquisimeto a los nueve días del mes de noviembre de Dos mil Diez. Años 200º y 151º.

LA JUEZ TERCERA DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACION


Abg. LISBETH GLADIELIS LEAL AGUERO



La Secretaria

Abg. Isabel Barrera


En la misma fecha se publico la decisión quedando registrada bajo el Nº 1056- 2.010 siendo las 12:05 m.

La Secretaria

Abg. Isabel Barrera.