REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecucion de Barquisimeto
Barquisimeto, 30 de Noviembre de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-1999-001596

EXTINCION DE LA PENA POR FALLECIMIENTO


Recibido el acta de defunción del penado FRANCISCO PEREZ VIDAL, titular de la cedula de identidad Nº (Indocumentado) este tribunal pasa a proveer en los siguientes términos
FRANCISCO PEREZ VIDAL , ya identificado, fue sentenciado por el Tribunal Primero Para el Régimen Procesal Transitorio Circuito Judicial Penal del Estado Lara, según sentencia dictada a cumplir la pena de OCHO (10) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito ROBO A MANO ARMADA.
Consta anexo al folio 400 de la Segunda Pieza del asunto, acta de defunción, suscrita por el Jefe Civil del la Parroquia Tamaca del Estado Lara, donde se deja constancia que el día 28 de Agosto 2004, falleció a las siete y treinta de la mañana el adulto FRANCISCO PEREZ VIDAL, titular de la cedula de identidad Nº (Indocumentado) , en el CENTRO PENITENCIARIO DE LA REGIÒN CENTRO OCCIDENTAL , a consecuencia de Fractura de Cráneo , Herida por Arma de Fuego, según certificación Médica.-
Así las cosas, debe apreciar esta jugadora lo previsto en el articulo 103 del Código Penal, que en su primer y único aparte establece:”(omissis) La muerte de reo extingue también la pena, (omissis)”. En consecuencia lo procedente es declarar extinguida la pena por muerte del penado. ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA

Por lo anterior expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, con fundamento en articulo 103 del Código Penal, DECLARA EXTINGUIDA LA PENA, por muerte del penado, FRANCISCO PEREZ VIDAL, titular de la cedula de identidad Nº (Indocumentado). Notifíquese a las partes. Líbrese Boleta de Notificación. Con respecto al penado fallecido, una vez firme la presente decisión remítase al archivo judicial. Regístrese. Cúmplase.



LA JUEZA DE EJECUCIÒN Nº 2

El Secretario

Abg. Liset Gudiño