REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, uno de noviembre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO : KP02-F-2010-000700
Visto el anterior DESISTIMIENTO de fecha 28-10-2010, presentado por el abogado NIL JOSE MARCANO AGUILERA, Inpreabogado Nro. 63.072, en su carácter de apoderado de la parte actora ciudadanos CARMEN PINEDA DE GUTIERREZ, FANNY MARGARITA PINEDA DE ROLDAN, LEONARDO RAFAEL PINEDA CAMACARO y ANA BEATRIZ PINEDA CAMACARO, venezolanos, mayores de edad, con C.I. Nros. 4.342.019, 7.310.360, 7.364.397 y 7.364.399 respectivamente, de este domicilio, en el presente juicio de PARTICIÓN DE HERENCIA, contra la ciudadana ZORAIDA JOSEFINA CAMACARO, venezolana, mayor de edad, con C.I. Nro. 7.364.104, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Archívese el expediente.
La Juez, La Secretaria,
Abg. EUNICE B. CAMACHO M. Abg. BIANCA M. ESCALONA T.
EBCM/BMET/M. elena.
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