REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cinco de noviembre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: KP02-S-2010-000760
“VISTOS” -------------------------------------------------------------------------------------------
El ciudadano JERONIMO ANTONIO TORREALBA SOTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.882.722 de este domicilio, asistido por la Abogada BRIGITH MAYLETH PIÑA BORAURE, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 108.802, solicita la Rectificación del Acta de Nacimiento, la cual corre inserta bajo el N° 1057, folio N° 276, del año 1.971, llevados por ante la Parroquia Concepción del Municipio Iribarren del Estado Lara, por cuanto la solicitante afirma que adolece del siguiente error: "Que en su Acta de Nacimiento que se encuentra asentada en la Parroquia Concepcion del Municipio Iribarren del Estado Lara, por error involuntario se transcribio el Nombre de su madre como “MARIA SERGIA SOTO DE TORREALBA” siendo lo correcto “SERGIA SOTO DE TORREALBA”, para ello anexo documento original y copia simple del acta de nacimiento ambos marcado con la letra “A”, copia simple de la cedula de identidad del ciudadano JERONIMO ANTONIO TORREALBA SOTO marcado con la letra “B”, copia simple del acta de defuncion y copia simple de la cedula de identidad del ciudadano FRANCISCO TORREALBA MENDOZA marcado con la letra “C”, copia simple de los datos filiatorios del ciudadano FRANCISCO TORREALBA MENDOZA marcado con la letra “E”, copia simple de los datos filiatorios de la ciudadana SERGIA SOTO DE TORREALBA marcado con la letra “F”, copia simple de la cedula de identidad de la ciudadana SERGIA SOTO DE TORREALBA marcado con la letra “G”, copia simple de los datos filiatorios del solicitante. La solicitud se admitió en fecha 11-02-2010. Se acordó la notificación del Fiscal del Ministerio Público, la cual se verificó en fecha 16-04-2010. Cumplidos los requisitos de Ley, siendo esta la oportunidad para decidir este Tribunal observa: ---------------
UNICO: Con vista de los documentos públicos acompañados, a los cuales el Tribunal le otorga pleno valor probatorio, de conformidad con lo previsto en los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil Venezolano vigente; considera este Sentenciador que está plenamente evidenciado el error señalado por el solicitante en el ACTA DE NACIMIENTO que por error involuntario se transcribio el Nombre de su madre como “MARIA SERGIA SOTO DE TORREALBA” siendo lo correcto “SERGIA SOTO DE TORREALBA”. Por consiguiente, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE PARTIDA DE NACIMIENTO del ciudadano JERONIMO ANTONIO TORREALBA SOTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.882.722 de este domicilio, al Registrador Civil de la Parroquia Concepción del Municipio Iribarren y al Registrador Principal del Estado Lara estampar la debida nota marginal en la Partida de Nacimiento, inserta bajo el N° 1057, folio 276 del año 1.971 de los libros respectivos. Ofíciese lo conducente a dichos Organismos y remítase copia certificada de la presente decisión. -------------------------------------
Regístrese y publíquese.-------------------------------------------------------------
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del JUZGADO CUARTO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los cinco de noviembre de dos mil diez. Años: 200º y 151º. --------------------------------------------------------------------------------
La Juez Temporal,
Abg. LUZ MARIA VILLARROEL El Secretario,
Abg. NATALI CRESPO QUINTERO
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