REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Cabudare, 18 de Noviembre de 2010.
Años: 200° y 151°.
Causa Civil N° 3814-10
Separación de Cuerpos por Mutuo Consentimiento
Visto el escrito de solicitud de Separación de Cuerpo y Bienes entre los ciudadanos: ENNIO SEGUNDO MONTERO PERES E INGRIT PASTORA RODRIGUEZ COLMENAREZ, mayores de edad, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad N° 7 V- 7.431.903 Y V- 7.367.820, respectivamente, asistidos por la abogada María Auxiliadora Camacaro D´Lima, inscrita en el Impreabogado bajo el N° 90.374, désele entrada, anótese en el Libro respectivo, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DICHA SEPARACION, en la misma forma, término y condiciones por ellos convenidas, por estar fundamentada en causa legal. Así mismo, expídase la copia certificada correspondiente en su oportunidad. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público. Líbrese boleta. Fórmese expediente
La Juez.
Abg. Coromoto de Del Nogal.
El Secretario
Abg. Lucio Torres Armeya.
Seguidamente se le dio entrada, quedando anotada bajo el N° 3814-10. Se libro Boleta a la Fiscal.
El Secretario
Abg. Lucio Torres Armeya