REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
 
Trujillo, veintidós de octubre de dos mil diez
 
200º y 151º
 
 
ACTA
 
 
ASUNTO Nº TP11-L-2010-000513
 
PARTE ACTORA: MARIELA GUADALUPE ABREU, venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad Nº 10.031.227.
 
APODERADOS DE LA  PARTE ACTORA: YRANIA TERAN, RUBEN DARIO RONDON GRATEROL  Y ONEIDA SIERRALTA, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros  57.526, 38.886 y103.146 respectivamente.
 
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCCIONES CIVILES C.A., representada legalmente por el ciudadano JESÚS ALBERTO RAD
 
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMÁS BENEFICIOS LABORALES
 
 
En el día hábil de hoy veintidós de octubre de dos mil diez, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio; se deja expresa constancia de que la parte actora ciudadana MARIELA GUADALUPE ABREU, venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad Nº 10.031.227, no compareció, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial,  a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, se advierte a la parte actora que puede ejercer los recursos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo e intentar la misma transcurrido que sean 90 días contados a partir al día siguiente al de hoy. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución  del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 200 °.
 
El Juez
 
 
 
Abg. Nelson Bravo Materano
 
 
La Secretaria
 
 
Abg. Astrid León
 
 
 
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