REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del estado Lara
Barquisimeto, veinticinco (25) de octubre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: Nº KP02-V-2010-002117
Demandante: Elizabeth Carolina Hernandez Dudamel, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro: V-22.328.183, domiciliada en el Barrio 12 de Octubre, calle 5 con carrera 4, casa sin número, Barquisimeto estado Lara.
Asistida Por: abogada María de los Ángeles Martínez, actuando en su carácter de Fiscal Décimo Quinta del Ministerio de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Hijo: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
Motivo: Inadmisibilidad Sobrevenida.
Visto que en fecha 13 de octubre de 2010, el Tribunal ejerció el despacho saneador, ordenándose a la demandante Elizabeth Carolina Hernandez Dudamel, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro: V-22.328.183, presente escrito de corrección de demanda en la cual indique contra quien incoa la demanda y asimismo informe los datos de identificación y dirección en la cual puedan ser ubicados los mismos, concediéndoles un lapso de cinco (05) días de despacho de conformidad con lo establecido en el articulo 457 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. Habiéndose vencido el lapso concedido para que cumpliera con lo ordenado, se observa que la parte actora no ha suministrado la información requerida ante este Tribunal. En consecuencia se declara la INADMISION SOBREVENIDA, por ser imposible seguir adelante con la presente solicitud sin los datos de identificación de la parte demandada. Así se decide.
Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Barquisimeto, veinticinco (25) de octubre de 2010. Año 200° y 151°.-
LA JUEZ SEGUNDA DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACIÒN
Abg. ROSANGELA MERCEDES SORONDO GIL
La Secretaria.
Abg. Olga Sofía Daal
En esta misma fecha se registro bajo el Nº 1140-2.010, siendo las 11:30 a.m.
La Secretaria.
Abg Olga Sofía Daal
KP02-V-2010-002117
RMSG/OSD/linda
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