REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara
Barquisimeto, veintiséis (26) de octubre de 2010
200º y 151º
ASUNTO: KP02-S-2009-012816

Solicitante: LAURA COROMOTO FERNANDEZ INFANTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.941.801, domiciliada en el Caserio el Mayal, calle principal, casa S/N, parroquia José Gregorio Bastidas, municipio Palavecino del estado Lara.
Asistido Por: Abogada REINA ZOLAIME COLMENARES AGUILAR, actuando en su carácter de Fiscal Décima Séptima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, con competencia en materia de protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Beneficiario: (IDENTIDAD OMITIDA DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES).
Motivo: Declaración de terminado el procedimiento Autorización.

En fecha 06 de octubre de 2009, la ciudadana LAURA COROMOTO FERNANDEZ INFANTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.941.801, debidamente asistida de la Fiscal Décima Séptima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, con competencia en materia de protección de Niños, Niñas y Adolescentes, presentó escrito en beneficio de la niña (IDENTIDAD OMITIDA DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), mediante el cual solicita sea incluida en los beneficios laborales del ciudadano ALEXANDER RAMON ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.788.666; acompañó su solicitud con copia certificada de la partida de nacimiento del hija, constancia de trabajo del ciudadano Alexander Ramon Rojas, y copia fotostática del mismo.
En fecha 13 de noviembre de 2009, se admitió la solicitud, se acordó oficiar al ente empleador, notificar al ministerio público y cualquier otra diligencia que fuera necesaria.
En fecha 08 de diciembre del 2009 el alguacil consigno boleta de notificación debidamente firmada por la Fiscal Décimo Séptima del ministerio público.
En fecha 25 de enero del 2010, se recibe escrito emanado del ente empleador en el cual informan: “el ciudadano ALEXANDER RAMON ROJAS venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.788.666 laboró como se evidencia en liquidación anexa del 19 de agosto de 2009 hasta el 02 de octubre de 2009, en nuestra empresa como andamiero por lo que ya no es procedente la inclusión de beneficios sociales para la niña (IDENTIDAD OMITIDA DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES)”.

PUNTO PREVIO:
Por cuanto la Abg. Rosangela Sorondo Gil, fue designada Juez Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación conforme a Resolución Nº 2008-0032 de fecha 06 de agosto de 2008, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39034 de fecha 09 de octubre de 2.008, se aboca al conocimiento de la presente causa la juez designada.
DECISION.

Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, declara TERMINADO el procedimiento de Autorización de Inclusión de beneficios, intentado por la ciudadana LAURA COROMOTO FERNANDEZ INFANTE, ya identificada, en beneficio de la niña (IDENTIDAD OMITIDA DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), y en consecuencia extinguida la instancia. Así se decide, asimismo dispone desincorporar la presente causa del archivo ordinario y remitirlo al Archivo judicial de ésta Circunscripción Judicial. Tómese nota y désele salida en los libros respectivos de éste Despacho.

Regístrese y publíquese
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, veintiséis (26) de octubre de 2010. Año 200º y 151º.

LA JUEZ SEGUNDA DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACIÒN

Abg. ROSANGELA MERCEDES SORONDO GIL
La Secretaria.
Abg. Olga Sofía Daal

En esta misma fecha se registro bajo el Nº 1179-2.010, siendo las 11:10 a.m.
La Secretaria.
Abg Olga Sofía Daal
KP02-S-2009-012816
RMSG/OSD/linda