REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, ocho de octubre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: KP12-V-2010-000201.-

DEMANDANTE: ALBA LUCILIA SUAREZ de RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 9.851.981, domiciliada en Ciudad Ojeda, Estado Zulia.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: ALEXANDER ANDRE RIERA LAMEDA, inscrito en I.P.S.A. bajo Nº 104.107, de este domicilio.
DEMANDADA: MARIA EUGENIA ALDAZORO MENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.638.716 domiciliada en la Calle Carabobo, entre Calles Los Silos y Coromoto, casa Nº 20-45, Carora, Municipio Torres, del Estado Lara.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: EFREN LUBIN CARIPA, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 53.216.
MOTIVO: SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA POR HOMOLOGACION DE CONVENIMIENTO.-

Visto el convenimiento realizado en fecha 05 de Octubre del presente año, entre el Abogado ALEXANDER RIERA, antes identificado, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana MARIA EUGENIA ALDAZORO, ya identificada y la ciudadana MARIA EUGENIA ALDAZORO, antes identificada, asistida por el Abogado EFREN CARIPA, I.P.S.A. Nº 53.216, este Tribunal conforme a lo dispuesto en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACION correspondiente por no ser contraria a derecho, teniéndose como SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA. Archívese el expediente y remítase en su oportunidad al Archivo Judicial Regional.
Expídase por Secretaria copia certificada de la presente Sentencia y archívese y remítase en su oportunidad al Archivo Judicial Regional.
Regístrese y Publíquese

Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, Ocho (08) de Octubre de 2.010. Años: 200° y 151°.
El Juez Provisorio,


Abg. FRANCISCO ZAMBRANO GOMEZ.
El Secretario Temp,


Abg. ORIEL PEREZ.
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 331-2010, se publicó siendo las 10:00 a.m. y se expidió copia certificada para archivo.
El Secretario Temp,


Abg. ORIEL PEREZ.