REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, veintidós de septiembre de dos mil diez
200º y 151º

SENTENCIA

ASUNTO: TP11-L-2010-000357
PARTE ACTORA: FRANCELINA DEL VALLE GASPAR GALLARDO
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: RUBEN RONDON
PARTE DEMANDADA: JUNTA DE CONDOMINO DE LAS RESIDENCIAS LA AUXILIADORA, POR MEDIO DE SU REPRESENTANTE LEGAL YENNY VITORA
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: ALEXIS REYES VALERO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOIALES Y DEMAS EMOLUMENTOS LABORALES
En el día hábil de hoy, 22 de Septiembre de 2010,oportunidad fijada para el inicio de la audiencia preliminar, comparecen los ciudadanos FRANCELINA DEL VALLE GASPAR GALLARDO, titular de la cedula de identidad No 8.982.817, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, parte demandante, asistida en este acto por el procurador de trabajadores RUBEN DARIO RONDON, inscrito en i.p.s.a bajo el no 38.886,y la parte demandada JUNTA DE CONDOMINO DE LAS RESIDENCIAS LA AUXILIADORA, POR MEDIO DE SU REPRESENTANTE LEGAL YENNY VITORA, asistida en este acto por el abogado ALEXIS REYES VALERO, inscrito en i.p.s.a bajo el no 10.891, acto seguido, la jueza, aperturó el acto, explicando a las partes la importancia, trascendencia y significado del mismo y de los medios alternativos de solución de conflictos, seguidamente la jueza solicito de las partes las pruebas consignando la parte demandante: escrito de pruebas, en (1) folio útil y ratifica como anexos los folios 7,8,10 y 11, que corren inserto en la presente causay la parte demandada: escrito de pruebas en (9) folios útiles y anexos en (16) folios útiles, analizadas las situaciones de hecho y de derecho las partes conjuntamente solicitan el derecho de palabra y concedida como fue la parte demandante expone:“Ciudadana jueza la parte demandada y mi persona una vez analizada las situaciones de hecho y de derecho sobre los montos y conceptos solicitados en la presente demanda, hemos llegado a un acuerdo conciliatorio en la presente causa sobre las siguientes bases PRIMERO: la parte demandada reconoce por concepto de prestaciones sociales y demás emolumentos laborales el monto demandado, o sea la cantidad de TRECE MIL NOVECIENTOS DOCE CON OCHENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 13.912,84 ), de los cuales reconozco que he recibido como adelanto de prestaciones sociales la cantidad de NUEVE MIL TRES BOLIVARES CON NOVENTA Y OCHO CENTIMOS ( Bs. 9.003,98 ),QUEDANDO SOLO A DEBERME LA DEMANDADA LA CANTIDAD DE CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHO CON OHENTA Y SEIS CENTIMOS ( Bs. 4.908,86 dicho monto se me hace entrega en este acto, la cual recibo a mi entera y cabal satisfacción mediante dos cheques cuyas características son las siguientes: el primero de los cheques Nº 36-64822771, CUENTA Nº 01510140764514010471, librado contra la entidad Bancaria FONDOCOMUN, Agencia Valera, de fecha 22 de SEPTIEMBRE de 2.010 por la cantidad de BOLIVARES CUATRO MIL VEINTIUNO CON SETENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs.4.021,74) Y EL SEGUNDO CHEQUE: Nº 50-64822772, CUENTA Nº 01510140764514010471, librado contra la entidad Bancaria FONDOCOMUN, Agencia Valera, de fecha 22 de SEPTIEMBRE de 2.010 por la cantidad de BOLIVARES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON DOCE CENTIMOS (Bs.887,12) AMBOS CHEQUES a la orden de la ciudadana FRANCELINA GASPAR; con el recibo de los presentes cheques declaro que la parte demandada JUNTA DE CONDOMINO DE LAS RESIDENCIAS LA AUXILIADORA, POR MEDIO DE SU REPRESENTANTE LEGAL YENNY VITORA, nada queda a deberme por concepto de los montos y conceptos demandados en el libelo de la demanda que cursa en esta causa por Prestaciones Sociales y demás emolumentos laborales en razón de los servicios prestados a la demandada. solicito se homologue el presente acuerdo conciliatorio y se le otorgue el carácter de cosa juzgada, e igualmente solicito se ordene en este acto el archivo definitivo de la causa, transcurridos como sean 5 días hábiles siguientes al día de hoy.“ Seguidamente se le otorgo el derecho de palabra a la parte demandada quien expuso: “Estoy de acuerdo con lo expuesto por la ciudadana FRANCELINA DEL VALLE GASPAR GALLARDO, por cuanto ese fue el acuerdo conciliatorio al que llegamos en la presente Audiencia Preliminar e igualmente solicito sea homologado por este Tribunal y se le otorgue el carácter de cosa juzgada,”. Visto lo solicitado por las partes, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO CONCILIATORIO Y LE OTORGA EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA SE ORDENA EL ARCHIVO DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA transcurridos como sean 5 días hábiles siguientes al día de hoy. Se regresan las pruebas a cada una de las partes. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. Siendo las 9:53.AM., terminó, se leyó, y las partes al pie de la presente acta en señal de conformidad firman, habiéndose cumplido con todas las formalidades de ley. A los 200 años de la Independencia y 151 años de la Federación. Regístrese y Publíquese.

ABG. ANA R GUEDEZ MONTILLA
JUEZA PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN

LAS PARTES DEMANDANTE Y DEMANDADA Y ABOGADOS ASISTENTES







LA SECRETARIA

ABG. MAYRA ROSALES