REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
 
Trujillo, veintidós de septiembre de dos mil diez
 
200º y 151º
 
 
SENTENCIA
 
 
ASUNTO: TP11-L-2010-000357
 
PARTE ACTORA: FRANCELINA DEL VALLE GASPAR GALLARDO
 
ABOGADO ASISTENTE  DE LA PARTE ACTORA: RUBEN RONDON 
 
PARTE DEMANDADA: JUNTA DE CONDOMINO DE LAS RESIDENCIAS LA AUXILIADORA, POR MEDIO DE SU REPRESENTANTE LEGAL  YENNY VITORA
 
ABOGADO ASISTENTE  DE LA PARTE DEMANDADA: ALEXIS REYES VALERO 
 
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOIALES Y DEMAS EMOLUMENTOS LABORALES 
 
En el día hábil de hoy, 22 de Septiembre de 2010,oportunidad fijada para el inicio de la audiencia preliminar, comparecen los ciudadanos FRANCELINA DEL VALLE GASPAR GALLARDO, titular de la cedula de identidad No 8.982.817, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, parte demandante, asistida en este acto por el procurador de trabajadores RUBEN DARIO RONDON, inscrito en i.p.s.a bajo el no 38.886,y la parte demandada JUNTA DE CONDOMINO DE LAS RESIDENCIAS LA AUXILIADORA, POR MEDIO DE SU REPRESENTANTE LEGAL  YENNY VITORA, asistida en este acto por el abogado ALEXIS REYES VALERO,  inscrito en i.p.s.a bajo el no 10.891, acto seguido, la jueza,  aperturó  el  acto,  explicando a las partes la importancia, trascendencia y significado del mismo y de los medios alternativos de solución de conflictos, seguidamente la jueza solicito de las partes las pruebas consignando la parte demandante: escrito de pruebas, en (1) folio útil y ratifica como anexos los folios  7,8,10 y 11, que corren inserto en la presente causay la parte demandada: escrito de pruebas en  (9) folios útiles  y anexos en (16) folios útiles, analizadas las situaciones de hecho y de derecho las partes conjuntamente solicitan el derecho de palabra y concedida como fue la parte demandante expone:“Ciudadana jueza  la parte demandada y mi persona una vez analizada las situaciones de hecho y de derecho sobre los montos y conceptos solicitados en la presente demanda, hemos llegado a un acuerdo conciliatorio en la presente causa sobre las siguientes bases PRIMERO: la parte demandada reconoce por concepto de prestaciones sociales y demás emolumentos laborales el monto demandado, o sea la cantidad de TRECE MIL NOVECIENTOS DOCE CON OCHENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 13.912,84 ), de los cuales reconozco que he recibido como adelanto de prestaciones sociales la cantidad de NUEVE MIL TRES BOLIVARES CON NOVENTA Y OCHO CENTIMOS ( Bs. 9.003,98 ),QUEDANDO SOLO A DEBERME LA DEMANDADA LA CANTIDAD DE CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHO CON OHENTA Y SEIS CENTIMOS ( Bs. 4.908,86 dicho monto se me hace  entrega en este acto, la cual recibo a mi entera y cabal satisfacción  mediante dos cheques  cuyas características son las siguientes: el primero de los cheques Nº 36-64822771, CUENTA Nº 01510140764514010471, librado contra la entidad Bancaria FONDOCOMUN, Agencia Valera, de fecha  22 de  SEPTIEMBRE de 2.010 por la cantidad de BOLIVARES  CUATRO MIL VEINTIUNO CON SETENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs.4.021,74) Y EL SEGUNDO CHEQUE:  Nº 50-64822772, CUENTA Nº 01510140764514010471, librado contra la entidad Bancaria FONDOCOMUN, Agencia Valera, de fecha  22 de  SEPTIEMBRE de 2.010 por la cantidad de BOLIVARES  OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON DOCE CENTIMOS (Bs.887,12) AMBOS CHEQUES a la orden de la ciudadana  FRANCELINA GASPAR; con el recibo de los presentes cheques declaro que  la parte demandada JUNTA DE CONDOMINO DE LAS RESIDENCIAS LA AUXILIADORA, POR MEDIO DE SU REPRESENTANTE LEGAL  YENNY VITORA,  nada queda a deberme  por  concepto de los montos y conceptos demandados en el libelo de la demanda que cursa en esta causa por  Prestaciones Sociales y demás emolumentos laborales  en razón de los servicios prestados a la demandada. solicito se homologue el presente acuerdo conciliatorio y se le otorgue el carácter de cosa juzgada, e igualmente solicito se ordene en este acto el archivo definitivo de la  causa, transcurridos como sean 5 días hábiles siguientes al día de hoy.“ Seguidamente se le otorgo el derecho de palabra a la parte demandada quien expuso: “Estoy de acuerdo con lo expuesto por la ciudadana FRANCELINA DEL VALLE GASPAR GALLARDO, por cuanto ese fue el acuerdo conciliatorio al que llegamos en la presente Audiencia Preliminar e igualmente solicito sea homologado por este Tribunal y se le otorgue el carácter de cosa juzgada,”.  Visto lo solicitado por las partes, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA  DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO CONCILIATORIO Y LE  OTORGA  EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA SE ORDENA  EL ARCHIVO DEFINITIVO  DE LA PRESENTE CAUSA transcurridos como sean 5 días hábiles siguientes al día de hoy. Se regresan las pruebas a cada una de las partes. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. Siendo las 9:53.AM., terminó, se leyó,  y las partes al pie de la presente acta en señal de conformidad firman, habiéndose cumplido con todas  las formalidades de ley. A los 200 años de la Independencia y 151 años de la Federación. Regístrese y Publíquese.
 
 
ABG. ANA R GUEDEZ  MONTILLA
 
JUEZA  PRIMERA  DE PRIMERA INSTANCIA
 
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN
 
 
LAS PARTES DEMANDANTE Y DEMANDADA Y ABOGADOS ASISTENTES
 
 
                                                                       
 
 
 
 
 
 
                                   LA  SECRETARIA
 
                                                                          
 
                   		                 ABG. MAYRA ROSALES 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 |