REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Medicación y Sustanciación
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y del Adolescente del estado Lara
Barquisimeto, dieciséis de septiembre de 2010.
Años: 200º y 151º
ASUNTO: KP02-H-2010-00339
Partes: ROSMARY SARAY LOPEZ CAMACHO y YOSMEL JESUS SANCHEZ BELLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: 18.945.939 y 18.525.170 respectivamente, domiciliados la primera en Barrio Bolívar, calle 11, con vereda E, Barquisimeto, estado Lara y el segundo en Barrio Bolívar, calle 11, entre 2 y 3, S/N, Barquisimeto, estado Lara.
Asistidos por: La abogado Maria de los Angeles Martínez, en su carácter de Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Beneficiario: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NINO, NIÑA Y ADOLESCENTE, de uno (01) años de edad.
Motivo: Homologación de Régimen de Convivencia Familiar.
En fecha 12 de agosto del 2010 presenta solicitud de homologación de acuerdo extrajudicial de Régimen de Convivencia Familiar, ante este despacho los ciudadanos ROSMARY SARAY LOPEZ CAMACHO y YOSMEL JESUS SANCHEZ BELLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: 18.945.939 y 18.525.170 respectivamente, asistidos por la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; este Juzgado le da entrada y la admite por no ser contraria al orden público, buenas costumbre o alguna disposición expresa en la Ley, el cual consiste en lo siguiente:
“UNICO: El padre convivirá con su hijo cualquier día de la semana de lunes a viernes, que tenga libre laboralmente, previo acuerdo con la madre, en el horario comprendido entre las 8:00 a.m y 8:00 p.m y un fin de semana cada quince días, los días sábados y domingo en ese horario. El día 24 de Diciembre el padre igualmente convivirá con su padre en el horario indicado”.
Este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara con sede en Barquisimeto Administrando Justicia y en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y de conformidad a lo estipulado en el artículo 518 y 385 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, estando dentro del lapso legal establecido, le imparte su HOMOLOGACIÓN al acuerdo de Régimen de Convivencia Familiar suscrito por los ciudadanos ROSMARY SARAY LOPEZ CAMACHO y YOSMEL JESUS SANCHEZ BELLO en beneficio del niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NINO, NIÑA Y ADOLESCENTE.
Expídase por secretaria las copias certificadas que las partes soliciten.
Regístrese y publíquese.
Dada, sellada y firmada en el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara con sede en Barquisimeto. 16 de septiembre de 2010. Años: 200º y 151º
LA JUEZ TERCERA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION,
Abg. LISBETH LEAL AGÜERO.
LA SECRETARIA,
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 222-2.010 y se publicó siendo las 03:10 p.m.
LA SECRETARIA
LLA/linda
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Medicación y Sustanciación
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y del Adolescente del estado Lara
Barquisimeto, dieciséis de septiembre de 2010.
Años: 200º y 151º
ASUNTO: KP02-H-2010-00339
Partes: ROSMARY SARAY LOPEZ CAMACHO y YOSMEL JESUS SANCHEZ BELLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: 18.945.939 y 18.525.170 respectivamente, domiciliados la primera en Barrio Bolívar, calle 11, con vereda E, Barquisimeto, estado Lara y el segundo en Barrio Bolívar, calle 11, entre 2 y 3, S/N, Barquisimeto, estado Lara.
Asistidos por: La abogado Maria de los Angeles Martínez, en su carácter de Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Beneficiario: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NINO, NIÑA Y ADOLESCENTE, de uno (01) años de edad.
Motivo: Homologación de Régimen de Convivencia Familiar.
En fecha 12 de agosto del 2010 presenta solicitud de homologación de acuerdo extrajudicial de Régimen de Convivencia Familiar, ante este despacho los ciudadanos ROSMARY SARAY LOPEZ CAMACHO y YOSMEL JESUS SANCHEZ BELLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: 18.945.939 y 18.525.170 respectivamente, asistidos por la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; este Juzgado le da entrada y la admite por no ser contraria al orden público, buenas costumbre o alguna disposición expresa en la Ley, el cual consiste en lo siguiente:
“UNICO: El padre convivirá con su hijo cualquier día de la semana de lunes a viernes, que tenga libre laboralmente, previo acuerdo con la madre, en el horario comprendido entre las 8:00 a.m y 8:00 p.m y un fin de semana cada quince días, los días sábados y domingo en ese horario. El día 24 de Diciembre el padre igualmente convivirá con su padre en el horario indicado”.
Este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara con sede en Barquisimeto Administrando Justicia y en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y de conformidad a lo estipulado en el artículo 518 y 385 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, estando dentro del lapso legal establecido, le imparte su HOMOLOGACIÓN al acuerdo de Régimen de Convivencia Familiar suscrito por los ciudadanos ROSMARY SARAY LOPEZ CAMACHO y YOSMEL JESUS SANCHEZ BELLO en beneficio del niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NINO, NIÑA Y ADOLESCENTE.
Expídase por secretaria las copias certificadas que las partes soliciten.
Regístrese y publíquese.
Dada, sellada y firmada en el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara con sede en Barquisimeto. 16 de septiembre de 2010. Años: 200º y 151º
LA JUEZ TERCERA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION,
Abg. LISBETH LEAL AGÜERO.
LA SECRETARIA,
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 222-2.010 y se publicó siendo las 03:10 p.m.
LA SECRETARIA
LLA/linda
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