REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Medicación y Sustanciación
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y del Adolescente del Estado Lara - Barquisimeto
Barquisimeto 24 de Septiembre de 2010.
Años: 200º y 151º

ASUNTO: KP02-J-2010-00359
Partes: FRANYE RONALD RODRIGUEZ MENDOZA y ANA MARIA SANCHEZ ZARRAGA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: 17.573.917 y 15.424.639 respectivamente, domiciliados el primero en la carrera 4 con callejón 25, barrio Las delicias, casa s/n Barquisimeto, Municipio Iribarren del estado Lara, y la segunda en la carrera 6 entre 3 y 4, casa s/n, Barquisimeto, Municipio Iribarren del estado Lara.
Asistidos por: La abogado CARMEN VIRGINIA TRAVIESO DELFIN, en su carácter de Fiscal (E) Décimo Séptima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Beneficiario: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NINO, NIÑA Y ADOLESCENTE, de Cuatro (04) años de edad.
Motivo: Homologación de Régimen de Convivencia Familiar.
En fecha 17 de Septiembre del 2010 presenta solicitud de homologación de acuerdo extrajudicial de Régimen de Convivencia Familiar, ante este despacho los ciudadanos FRANYE RONALD RODRIGUEZ MENDOZA y ANA MARIA SANCHEZ ZARRAGA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: 17.573.917 y 15.424.639 respectivamente, asistidos por la Fiscal (E) Décimo Séptima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; este Juzgado le da entrada y la admite por no ser contraria al orden público, buenas costumbre o alguna disposición expresa en la Ley, el cual consiste en lo siguiente:
“PRIMERO: Acuerdan las partes que el padre compartirá con su hijo un fin de semana cada quince (15) días, buscándolo en la casa materna el viernes a las 6:30 p.m. y lo retornará el domingo a las 6:00 pm. SEGUNDO: En relación a los Carnavales, Semana Santa, cumpleaños, día del niño, vacaciones escolares, fechas decembrinas, entre otras serán compartidas entre ambos progenitores siendo alternas los años sucesivos.”
Este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara con sede en Barquisimeto Administrando Justicia y en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y de conformidad a lo estipulado en el artículo 518 y 385 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, estando dentro del lapso legal establecido, le imparte su HOMOLOGACIÓN al acuerdo de Régimen de Convivencia Familiar suscrito por los ciudadanos FRANYE RONALD RODRIGUEZ MENDOZA y ANA MARIA SANCHEZ ZARRAGA en beneficio del niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NINO, NIÑA Y ADOLESCENTE.
Expídase por secretaria las copias certificadas que las partes soliciten.
Regístrese y publíquese.
Dada, sellada y firmada en el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara con sede en Barquisimeto. 24 de Septiembre de 2010. Años: 200º y 151º
LA JUEZ TERCERA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION,

Abg. LISBETH LEAL AGÜERO.

LA SECRETARIA,


En esta misma fecha se registró bajo el Nº 302-2.010 y se publicó siendo las 10:45 a.m.

LA SECRETARIA
LLA/ms.-