Hoy 29 de septiembre de 2010 siendo las 2:30 p.m oportunidad fijada para que tenga lugar la instalación de la audiencia preliminar en la presente causa, comparecieron por ante este tribunal, el ciudadano ELIEZER ANTONIO RAMIREZ, cédula de identidad Nº. V-11.268.611 asistido por la abogada AVIANNY GARCIA, Procuradora Especial de Trabajadores, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 108.918 y por la demandada G JOSE RAFAEL BELLO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 104.260 apoderado judicial según Instrumento-Poder que le fuere otorgado y que riela al folio 16 de autos. Seguidamente, las partes manifiestan sus defensas tanto en hechos como en derecho, posiciones que se avalan con el cúmulo probatorio que cada uno de ellos posee, sin embargo, instada como ha sido la mediación por el juez y con el objetivo de dar fin al presente procedo por vía del uso de los medios alternos de resolución de conflictos, las partes llegan a un acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-