REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, catorce de abril de dos mil once
200º y 152º


ASUNTO : TP11-L-2011-000128
DEMANDANTES: LUZ MAR DAVILA
DEMANDADA: INVERSIONES Y DISTRIBUCIONES BET-ROS, C.A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS

Visto que se recibió en fecha 01/04/2011 asunto para sustanciar TP11-L-2011-000128 donde figura como parte demandante la ciudadana LUZ MAR DAVILA, titular de la cedula de identidad N- 10.032.273, domiciliada en Avenida principal de Pie de Sabana, casa s/n al lado de la Panadería Gran Marina, Municipio San Rafael de Carvajal del Estado Trujillo representada legalmente por el Procurador de Trabajadores Abg. RUBEN RONDON, inscrito en el IPSA bajo el N- 38.886, contra INVERSIONES Y DISTRIBUCIONES BET.ROS, C.A. por motivo COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS, este Tribunal observa del estudio del asunto lo siguiente: PRIMERO: Que en fecha 04/04/2011 se ordeno corregir libelo de demanda conforme al artículo 123 ord. 3,4 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: Que en fecha 11/04/2011 se resulta de cartel de notificación el cual fue certificado por la ciudadana Secretaria en la misma fecha cursante al folio 14, que transcurrido el lapso para que subsanara el libelo de demanda la parte actora no corrigió el mismo, por lo que este Tribunal considera como inadmisible la presente demanda de conformidad con el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en consecuencia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara INADMISIBLE LA PRESENTE DEMANDA intentada por la ciudadana LUZ MAR DAVILA titular de la cedula de identidad N- 10.032.273, pudiendo ejercer el recurso correspondiente dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la fecha de hoy ó interponer nuevamente la demanda. A los Catorce (14) días del mes de abril (04) de dos mil once (2011) Publíquese y Regístrese A los 200° y 151° Siendo las 11:15 a.m.
La Juez

Abg. YULIBETT CALDERÓN La Secretaria

Abg. EILEEN VALECILLOS

En esta misma fecha se publico. La Secretaria

Abg. EILEEN VALECILLOS