REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, quince de abril de dos mil once
200º y 152º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: TP11-L-2011-000097
PARTE ACTORA: KAROLAY BETINA CASTELLANOS MILLA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: RUBÉN RONDÓN
PARTE DEMANDADA: EL GRAN OFERTON DE VALERA, C.A.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: CARLOS MUÑOZ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS

En el día hábil de hoy, 15 de Abril de 2011, siendo las 9:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos KAROLAY BETINA CASTELLANOS MILLA, titular de la cedula de identidad N- 16.651.128, asistida en este acto por su apoderado Abg. RUBEN RONDON, inscrito en el IPSA bajo el N- 38.886, y la parte demandada EL GRAN OFERTON DE VALERA, C.A. representada por el ciudadano JOSÉ ANGEL HERNÁNDEZ, titular de la cedula de identidad N- 14.658.159 asistido por el Abg. CARLOS MUÑOZ, inscrito en el IPSA bajo el N- 78.118, quienes han llegado al siguiente acuerdo: La parte demandada ofrece a la parte demandante la cantidad de Bs. 1.040,00 con el objeto de resolver lo planteado en el libelo de demanda, que comprende los conceptos de 1 día feriado laborado, 1 día domingo laborado, vacaciones fraccionadas, utilidades fraccionadas pagadero en este acto mediante dinero en efectivo, que una parte de Bs. 660,00 se cancelara en este acto, y el resto de Bs. 380,00 se pagara hoy mismo en horas de la tarde en la oficina del abogado de la parte demandada comprometiéndose a consignar ante el Tribunal el respectivo recibo de pago a los efectos del archivo, en este estado la parte demandante esta de acuerdo con lo ofrecido libre de constreñimiento acepta, solicitan las partes se homologue. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada. No se condena en costas por el acuerdo llegado, en este acto la parte demandante recibe en dinero efectivo la cantidad de Bs. 660,00 y acepta recibir el monto restante de Bs. 380,00 en el transcurso del día de hoy, para luego consignar el recibo y que se proceda al archivo del asunto. Conforme se lee y firman terminando la audiencia preliminar siendo las 9:49 a.m.
La Juez

La Secretaria
Abg. Yulibett Calderón
Abg. Eileen Valecillos


La Demandante Apoderado Actor


Representante de la Demandada Abg. Asistente