REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, veintinueve de abril de dos mil once
201º y 152º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: TP11-L-2009-000191
PARTE ACTORA: JOSÉ LUIS BARRIOS QUINTERO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: AIDA LEÓN
PARTE DEMANDADA: COMPAÑÍA ANÓNIMA HIDROLÓGICA DE LA CORDILLERA ANDINA (HIDROANDES) y HIDROLÓGICA VENEZOLANA C.A. (HIDROVEN)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy veintinueve (29) de abril (04) de dos mil once (2011), siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por si ni por intermedio de apoderado judicial, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, se advierte a la parte actora que puede ejercer los recursos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo e intentar la misma transcurrido que sean 90 días contados a partir al día siguiente al de hoy. O interponer recurso correspondiente dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de hoy. Se deja constancia que la parte demandada no compareció a la audiencia. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 201 ° Siendo las 10:19 a.m.
La Juez

La Secretaria
Abg. Yulibett Calderón
Abg. Eileen Valecillos

En esta misma fecha se publico La Secretaria

Abg. Eileen Valecillos