REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial
Circuito Judicial Penal
Circunscripción Judicial del Estado Lara
Juzgado Segundo en Función de Control
Barquisimeto, 04 de Abril de 2011
Años: 200° y 151°
ASUNTO KP01-P-2009-008709
Presentada el libelo de demando por Intimación de Honorarios Profesionales por los abogados José Enrique Castillo y Roger Rodríguez Toffolo, venezolanos, mayores de edad, Abogados, inscritos en el I.P.S.A. bajo los números Nº 53.550 y 90.469, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-7.977.368 y 12.534.436 respectivamente, con domicilio procesal ubicado en la Urbanización El Parque, calle Los Comuneros, Centro Ejecutivos Los Leones, piso 3, oficina 3-8, Barquisimeto Estado Lara; en contra del ciudadano José Antonio Troconis Soto, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-9.619.971, residenciado en la carrera 13 entre calles 43 y 44, quinta Las Margaritas a cuadra y media del Parque Ayacucho, Barquisimeto Estado Lara. En consecuencia emplácese a la parte demandada para que comparezca ante este tribunal dentro de los Diez (10) días de despacho siguiente, después de que conste su intimación, a pagar a los demandantes la cantidad de SESENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 65.000,oo), monto de la estimación de Honorarios, a ejercer el derecho de retasa o por el contrario a hacer oposición.
Es por las razones antes expuestas que este Tribunal de Control N° 2º Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley ADMITE LA PRESENTE DEMANDA por Intimación de Honorarios Profesionales, realizada por los abogados José Enrique Castillo y Roger Rodríguez Toffolo, en contra del ciudadano José Antonio Troconis Soto, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-9.619.971.
En consecuencia se ordena librar boleta de intimación y compulsa una vez la parte actora consigne las copias fotostáticas de la demanda. Cúmplase.
ABG. ADELMO ATILIO LEAL ARRIETA.
JUEZ SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL
EL SECRETARIO.