REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara sede Barquisimeto
Barquisimeto, cuatro (04) de Agosto de 2011.
Año 201º y 152º

ASUNTO: KP02-S-2009-013792
Solicitante: JESUS RAFAEL JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.075.355, domiciliado en Colinas del Sur Tarabana, avenida principal, con callejón La Paz, casa R-03, Barquisimeto – estado Lara.
Beneficiarios: (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) SANTAELLA, 08 y 09 años de edad respectivamente.

Este Tribunal después de revisar y analizar las actas contenidas en el presente expediente y visto el contenido de la diligencia presentada en fecha 07 de julio de 2011 suscrita por el ciudadano JESUS RAFAEL JIMENEZ, plenamente identificado en autos, debidamente asistido por la Defensora Publica Primera BELKIS MARTINEZ PARTIDAS, en la cual solicita autorización para que los niños JOSE HUMBERTO SANTAELLA, Y JOSE DANIEL SANTAELLA, antes identificados, disfruten de la temporada vacacional durante el mes de agosto y septiembre, desde el 05/08/2011 al 19/09/2011, así poder compartir estas vacaciones junto a sus nietos, quienes velarán por el resguardo, vigilancia y cuidados de los referidos beneficiarios.
Este Tribunal a los fines de garantizar el Derecho al sano esparcimiento, al juego y las actividades recreativas adecuadas a sus edades, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en concordancia con lo previsto en el artículo 63 ejusdem; CONCEDE PERMISO a los niños (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) SANTAELLA, de la temporada vacacional durante el mes de agosto y septiembre, así poder compartir junto a nietos de los ciudadanos JESUS RAFAEL JIMENEZ y MARIA MAGDALENA SANTAELLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédula de Identidad Nº 5.075.355 y Nº 6.268.734, quienes velarán por el resguardo, vigilancia y cuidados de los referidos beneficiarios.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Barquisimeto, 04 de agosto de 2011. Años 201° y 152°.
La Juez Primera de Mediación y Sustanciación,

Abg. Alida Villasana de Andueza
La Secretaria

Abg. Iliana Mejías
En esta misma fecha se registró y se publicó bajo el Nº 2145-2011 siendo las 10:28 a.m.-
La Secretaria


Abg. Iliana Mejías

AMVA/IM/Djmp.-