REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL

…En el día de hoy, veinte (20) de diciembre de 2.011, siendo las diez horas de la mañana (10:00 a.m.), día y hora fijado por este Tribunal para llevar a efecto el PRIMER ACTO CONCILIATORIO en el presente juicio, previo el anuncio de Ley, dado a las puertas del Despacho por el Alguacil de este Tribunal, y por cuanto no se hizo presente ninguna de las partes, este tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil, declara EXTINGUIDO el proceso, y ordena el archivo del expediente una vez quede firme la presente decisión.- Es todo, termino, se leyó conformes firman.
La Juez Temporal,


Abg. Gina María Ortega Araujo

La Secretaria Accidental,

Abg. Mary Trini Godoy H.