REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL

Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas
TRUJILLO, 21 de Diciembre de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-S-2011-001182
ASUNTO : TP01-S-2011-001182
RESOLUCION DE AUDIENCIA ESPECIAL DE CAPTURA.

Celebrada en el día de hoy 21 de diciembre de 2011 las 04:00 de la tarde, Audiencia Especial de presentación de imputado por Captura en la causa seguida al Acusado ELVIS JOSE DURAN, el Tribunal oídas las partes resolvió:

LA FISCAL NOVENA ABG. ELENA LINARES, expuso: solicito una medida cautelar sustitutiva de libertad y se acuerden rondas policiales a la victima y se fije audiencia preliminar es todo”.

DEL IMPUTADO: el Juez, procede a otorgarle el derecho de palabra al imputado a quien se le impuso del precepto constitucional previsto en el articulo 49.5 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, articulo 130, 131, del Código Orgánico Procesal Penal, quien se identifico como ELVIS JOSE DURAN, no tiene cédula, Venezolano, de 27 años, nacido en fecha 14/02/1984 de ocupación obrero hijo de Anais duran y Mario Segundo Colmenares, estado civil soltero, domiciliado en ZARAGOZA, PARTE ALTA CALLE PRINCIPAL VIA AL VIGIA, CASA FRENTE AL HOTEL CANARIA SUIT AZUL CON REJAS BLANCAS MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO TRUJILLO, quien manifestó: “yo no le pegue, no mas nuca la he visto, se lo juro es todo.

DE LA DEFENSA PÚBLICA, ABG. Yomari Benitez, expuso: solicitó al tribunal la libertad de mi defendido y se le impongan una medida cautelar fijándose en este mismo acto la fecha para la realización de la audiencia preliminar, es todo

DEL TRIBUNAL El Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, este Tribunal oído lo expuesto por las partes, acuerda Revocar la medida de Privación Preventiva de Libertad al ciudadano ELVIS JOSE DURAN, no tiene cédula, Venezolano, de 27 años, nacido en fecha 14/02/1984 de ocupación obrero hijo de Anais duran y Mario Segundo Colmenares, estado civil soltero, domiciliado en ZARAGOZA, PARTE ALTA CALLE PRINCIPAL VIA AL VIGIA, CASA FRENTE AL HOTEL CANARIA SUIT AZUL CON REJAS BLANCAS MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO TRUJILLO, y se acuerda fijar la Audiencia Preliminar para el día 26-01-2012 a las 11:00 de la mañana. Se acuerda citar a la victima con boleta y cartel. Líbrese la boleta de libertad. Líbrese los oficios correspondientes. Se ratifican las medidas impuestas en la audiencia de presentación como los son: PROHIBICIÓN DE ACERCARSE A LA VÍCTIMA PARA AGREDIRLA FÍSICA NI VERBALMENTE Y PROHIBICIÓN DE REALIZAR PERSECUCIÓN A LA VÍCTIMA POR SI O POR INTERPUESTA PERSONA, estado Trujillo de conformidad con el artículo 87 numerales 5º, 6º y 13º eiusdem y se acuerdan RONDAS POLICIALES a la victima ………………….., en la siguiente dirección ……………………………………………………………...- Quedan las partes presentes notificadas.- Quedan las partes citadas. Registrese y publíquese.
El Juez de Control, audiencias y Medidas Nº 02

Abg. Ulises Briceño

La Secretaria
Abg. Karla Contreras