ASUNTO: KP02-J-2011-001293
DEMANDANTE: JORGE LUIS TERAN TORREALBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.570.305.
Asistido Por: Abg. MOISES ROSALES DELGADO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 3564.
DEMANDADA: DANNY CAROLINA TORREALBA GIL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.776.128.
HIJOS: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, de dieciséis (16) y catorce (14) años de edad, respectivamente.
MOTIVO: Divorcio 185-A, (Declaración de terminado el procedimiento por aplicación del artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes).
En fecha 24 de marzo de 2011, el ciudadano JORGE LUIS TERAN TORREALBA, ya identificado, presentó demanda de Divorcio 185-A, en contra de la ciudadana DANNY CAROLINA TORREALBA GIL, también identificada, acompañó su solicitud con copia certificada del Acta de Matrimonio y copias certificadas de las partidas de nacimiento de los beneficiarios de autos.
En fecha 29 de marzo de 2011, el tribunal admite la demanda y se acuerda la notificación de la ciudadana DANNY CAROLINA TORREALBA GIL, quien en fecha 10 de octubre de 2011 presento escrito en el cual se da por notificada en la presente causa (f. 08).
En fecha 07 de noviembre de 2011 la secretaria del tribunal certifico la notificación de la demandada y en fecha 09 de noviembre se fijo oportunidad para la audiencia reconciliatoria en la presente causa.
En fecha 05 de diciembre de 2011, siendo el día y la hora fijada para que tenga lugar la audiencia, se dejó expresa constancia que no comparecieron las partes ni por si ni mediante apoderado judicial, por lo que en aplicación del artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se declaró Desistido el procedimiento.
DECISION.
Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, declara en aplicación de la norma del artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, TERMINADO el procedimiento de Divorcio 185-A, intentado por el ciudadano JORGE LUIS TERAN TORREALBA, ya identificado, contra la ciudadana DANNY CAROLINA TORREALBA GIL y en consecuencia extinguida la instancia. Así se decide. Hágase entrega de los originales a la parte interesada y déjese constancia en el Libro Diario, dese por terminado en el sistema Juris, y remítase al archivo judicial.
Regístrese y publíquese
Dada, sellada y firmada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto, a los siete (07) días del mes de diciembre de dos mil once (2011). Años: 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
La Jueza Primera de Primera Instancias de Mediación y Sustanciación
Abg. ISABEL VICTORIA BARRERA TORRES
La Secretaria
Abg. Joannellys Lecuna
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 3647-2.011 y se publicó siendo las 10:42 a.m.
La Secretaria
Abg. Joannellys Lecuna
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