REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, ocho de diciembre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: KP02-V-2011-002755
Demandante: EDIXON JAVIER SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.898.213, de éste domicilio.
ASISTIDO POR LA ABG. MARIA DE LOS ANGELES MARTINEZ, Fiscal 15º del Ministerio Publico
Demandada: MARLYS ROSA GONZALEZ FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 18.998.374.-
Beneficiario: del niño (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de 03, años de edad.
Motivo: Declaración de terminado el procedimiento de ofrecimiento de obligación de manutención, por aplicación del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
En fecha 10 de agosto de 2010, el ciudadano EDIXON JAVIER SANCHEZ, ya identificado, presentó demanda por ofrecimiento de obligación de manutención en beneficio de su hijo, acompañó su solicitud con copia simple de la partida de nacimiento del beneficiario.
En fecha 19 de septiembre de 2011, se admitió la demanda, se acordó la notificación de la parte demandada.
Certificada la notificación de la parte demandada en fecha 11 de octubre de 2011, se fijó oportunidad para la audiencia preliminar en fase de Mediación.
En fecha 05 de diciembre de 2011, la Juez que suscribe se abocó al conocimiento de la presente causa, y en la misma fecha, siendo el día y la hora fijada para que tenga lugar la audiencia preliminar en fase de mediación se dejó expresa constancia que no comparecieron la partes ciudadanos EDIXON JAVIER SANCHEZ, y MARLYS ROSA GONZALEZ FERNANDEZ, ya identificado, ni por si ni mediante apoderado judicial, por lo que en aplicación del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se declaró Desistido el procedimiento.
DECISION.
Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, declara en aplicación de la norma del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, TERMINADO el procedimiento de ofrecimiento de obligación de manutención, intentado por el ciudadano EDIXON JAVIER SANCHEZ, ya identificado, en beneficio JAVIER ALEJANDRO SANCHEZ GONZALEZ, y en consecuencia extinguida la instancia. Así se decide.
Regístrese y publíquese
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto. Barquisimeto, 08 de diciembre de 2011. Año 201º y 152º.
LA JUEZ SEGUNDA DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACIÓN
Abg. OLGA SOFIA DAAL
EL SECRETARIO,
Abg. CARLOS BULLONES
En esta misma fecha se registro bajo el Nº 3811-2.011, siendo las 02:57 p.m.
EL SECRETARIO,
Abg. CARLOS BULLONES
OSD/CAB/reina.-
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