REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA.
Barquisimeto, 21 de Diciembre de 2011
Años: 201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2011-00656.
FUNDAMENTACION DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO EN OCASIÓN DE CELEBRACION DE AUDIENCIA ORAL.
Vista el Acta de Audiencia Oral de conformidad con lo establecido en el articulo 46 del Código Orgánico Procesal Penal, celebrada en fecha 20/12/2011, conforme con el artículo 327 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del acusado: FELICIA VASQUEZ con Cédula de Identidad N° V- 16.385.772, mayor de edad, soltera, obrera, y residenciada en Barrio La Playa, de Santa Isabel, Carrera 10, con Calle B-1, Casa 9-3 Barquisimeto Estado Lara, corresponde a este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control Nº 1, Fundamentar la ratificación de la de la Medida Alternativa a la Prosecución del Proceso, de Suspensión Condicional del Proceso, de conformidad con lo dispuesto en el Código Orgánico Procesal Penal artículo 42, del Código Orgánico Procesal Penal.
En fecha 22-01-2008 se celebró Audiencia de Calificación de Flagrancia en la cual se decretó Medida Cautelar Sustitutiva a la de Privación de Libertad a la imputada FELICIA VASQUEZ ya identificada, de conformidad con el artículo 256, ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, por el delito de Posesión Ilícita de sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, tipificado en el artículo 34 De La Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y El Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
En fecha 9-5-2008, la Fiscalía Undécima del Ministerio Público presentó formal Acusación en contra de la ciudadana FELICIA VASQUEZ, por el delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, tipificado en el artículo 34 De La Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y El Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
En fecha 14-04-09, este Tribunal de Control Nº 1, se constituyó, a fin de realizar la Audiencia Preliminar en la presente causa, en la que, previa admisión de los hechos por parte de la imputada, se decretó la Suspensión Condicional del Proceso.
En fecha 25/11/2009, este tribunal, ordena librar orden de captura a nivel nacional, visto informe de la UTASP.
En fecha 06/12/2011, en audiencia Oral de conformidad con el articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal fijándose Audiencia Oral de conformidad con el articulo 46 del Código Orgánico Procesal Penal.
En fecha 07/12/2011, en audiencia Oral, se acuerda MANTENER LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, en cuanto tiempo y condiciones acordadas en su oportunidad. Asimismo se ordena dejar sin efecto Orden de aprehensión librada a la misma.
DISPOSITIVA
En base a las consideraciones que preceden, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control No 1, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE QUE LE CONFIERE LA LEY Declara: PRIMERO: SE ORDENA MANTENER LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, en cuanto tiempo y condiciones acordadas en su oportunidad, a la ciudadana FELICIA VASQUEZ por el delito de Posesión Ilícita de sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, tipificado en el artículo 34 De La Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y El Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. SEGUNDO: SE ORDENA DEJAR SIN EFECTO LA ORDEN DE APREHENSION. TERCERO: se acuerda oficiar a la UTASP, a los fines de informar la presente decisión.
Líbrese oficio al Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario y remítase copia certificada de la presente resolución. Las partes quedaron notificadas de la presente decisión en audiencia.- Regístrese, Publíquese, Ofíciese y Cúmplase.
EL JUEZ DE CONTROL Nº 1
ABOG. RUMALDO R. VARGAS PACHECO
LA SECRETARIA
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