REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO IRIBARREN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, catorce de diciembre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO : KP02-S-2011-006696
Vista la anterior solicitud presentada por el ciudadano JOSE EDUARDO GOMEZ MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, de estado civil CASADO, titular de la cedula de identidad Nº V- 6.421.495 , de este domicilio, asistido por el abogado en ejercicio JORGE ANTONIO COLOMBET RINCONES, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro.24.481, y evacuados los testigos por ante este Juzgado, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante, ya identificado, JOSE EDUARDO GOMEZ MARTINEZ propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyo con dinero de su propio peculio, en un lote de terreno PROPIO, cuya ubicación, medidas, características y linderos constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor del ciudadano JOSE EDUARDO GOMEZ MARTINEZ, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
EL JUEZ
ABG. JOSE ALFONSO OCHOA.
EL SECRETARIO
CHRISTIAN TORRES
En esta misma fecha se expidió copia certificada para archivo.
EL Sec.