REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cinco (05) de diciembre de dos mil once (2011)
201º y 152º

ASUNTO: KP02-L-2010-000524

En horas del día de hoy, 05 de Diciembre del año 2011, siendo las 10:00 AM., día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia que se anunció dicho acto por el alguacil Ralhfy Herrera en la sala de comparecencia de los Juzgados con las formalidades de Ley, no compareciendo la parte actora ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno y comparece por la demandada la abogada Rodríguez Emily inscrito en el IPSA bajo el número 101.639 en su carácter de apoderada de la parte demandada quien consigna en copia simple del poder y muestra original a los fines de la certificación del secretario en consecuencia, vista la incomparecencia de la parte actora en el presente juicio y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo (2) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, dicta seguidamente el dispositivo del fallo, así: PRIMERO: SE DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO HABIDO EN EL JUICIO INCOADO POR ANTONIO SANCHEZ EN CONTRA PDV COMUNAL GAS C.A y así, SE DÁ POR TERMINADO EL PROCESO Y SE DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA. ASÍ SE DECIDE.-

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA

Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juzgado Segundo (2) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En 05 de Diciembre del año 2011. Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación

EL JUEZ

MÓNICA QUINTERO
LA SECRETARIA

Alguacil ANNIELY ELÍAS CORONA


Apoderada de la parte demandada

PDV COMUNAL GAS C.A