REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

ASUNTO: KP02-L-2010-001253

PARTE ACTORA: ALEIDA DE LAS MERCEDES GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.721.184

PARTE DEMANDADA: ALENTUY C.A

APODERADO JUDICIAL DE LAS DEMANDADA: AYMARA TAINA BRACHO RAMIREZ. Inscrita en el Instituto de la Previsión Social del Abogado bajo el Nº 138.706.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.


Hoy 05 de diciembre de 2011 siendo las ocho y cuarenta y cinco de la mañana (08:45 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia de Prolongación, el Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma por el alguacil RALFHY HERRERA, la parte la actora no compareció y por la parte demandada compareció la Abogada AYMARA TAINA BRACHO RAMIREZ. Inscrita en el Instituto de la Previsión Social del Abogado bajo el Nº 138.706. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo, terminó se leyó y conformes firman.

La Juez Temporal


Abg. Rosalux Galíndez Mujica
El Secretario
Abg. Dimas Rodriguez



Parte demandada


El Alguacil