REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOCONÓ Y JUAN VICENTE CAMPO ELIAS

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOCONÓ Y JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.- BOCONÓ, VEINTE (20) DE ENERO DE DOS MIL ONCE.-

200° y 151°

Vista la anterior diligencia cursante al folio ocho (08), suscrita en fecha 18-01-2011, por la ciudadana: MARILYN DEL VALLE MARÍN JUSTO con el carácter de autos, mediante la cual DESISTE DEL PROCEDIMIENTO, en la presente causa, e igualmente solicita se de por terminada la presente causa, se proceda como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, se ordene el archivo del expediente, se le haga entrega de la partida de nacimiento original de su hijo, dejándose en su lugar copia fotostática certificada; por ser procedente lo solicitado, se acuerda de conformidad.- En consecuencia este Tribunal da por consumado el acto por el cual la parte Demandante Desiste de la acción y acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda igualmente hacer entrega de la partida de nacimiento original, dejándose en su lugar copia fotostática certificada, se ordena el archivo de este Expediente y remitirlo en su oportunidad al Archivo Judicial del Estado Trujillo, para su archivo definitivo.-
La Juez Temporal

Abg. Soraya Soler Cuevas La Secretaria,

Yonely Fernández Mejía
En la misma fecha se dio cumplimiento al auto que antecede, se entregó la partida de nacimiento original y se dejó en su lugar copia certificada de la misma.-
La Secretaria,

La anterior copia es traslado fiel y exacto de su original, lo que certifico en Boconó a los veinte (20) días del mes de Enero de dos mil once.-
La Secretaria,

Yonely Fernández Mejía
HOMOLOGACIÓN DE DESISTIMIENTO
Exp. Menores N° 2.688-2.010


SSC/YFM/Nora
..Suscrita Secretaria del Juzgado de los Municipios Boconó y Juan Vicente Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, ciudadana: YONELY FERNÁNDEZ MEJÍA, CERTIFICA: Que la copia fotostática que riela al folio dos (02), del presente expediente es traslado fiel y exacto de su original, lo que CERTIFICO en Boconó, a los veinte (20) días del mes de Enero de dos mil once.-

La Secretaria,

Yonely Fernández Mejía