REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

DISPOSITIVA
Oídas Las Exposiciones de las partes y sus Alegatos, este Tribunal de Control Nº 5, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos: PRIMERO: Se admite la precalificación Fiscal del delito de INVASIÓN, previsto y sancionado en el artículo 471-A del Código Penal. SEGUNDO: Se Declara la Aprehensión en Flagrancia de los ciudadanos: JOSE ALIRIOMORALES GARCÍA, JOSE GREGORIO RAMIREZ, EDIXÓN LEONARDO DUDAMEL, JHONLENO MORALES, RAUL PÉREZ, JOSE CORDERO, ISRAEL BASTIDAS, NABOR QUERALES, JESÚS TOVAR, PEDRO MORALES, OMAR YAJURE, conforme al artículo 44 ordinal 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se acuerda llevar la presente causa por el Procedimiento Ordinario de conformidad a lo establecido en el artículo 280 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal. CUARTO: Se le impone a los ciudadanos JOSE ALIRIO MORALES GARCÍA, JOSE GREGORIO RAMIREZ, EDIXÓN LEONARDO DUDAMEL, JHONLENO MORALES, RAUL PÉREZ, JOSE CORDERO, ISRAEL BASTIDAS, NABOR QUERALES, JESÚS TOVAR, PEDRO MORALES, OMAR YAJURE, la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, contemplada en el ordinal 9º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, presentación ante el Tribunal cada vez que les sea requerido. Con respecto al ciudadano JOSE GREGORIO RAMIREZ se ordena librar oficio al SAIME de Yaracuy a los fines de que le sea facilitada la obtención de la Partida de Nacimiento. QUINTO: Se acuerdan las copias solicitadas por la Fiscal.
Regístrese, Notifíquese a todas las partes, Cúmplase.

JUEZ QUINTO DE CONTROL

ABOG. RUMALDO RAFAEL VARGAS PACHECO

SECRETARIO (A)