REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, doce de enero de dos mil once
200º y 151º
ASUNTO: KP02-V-2010-004085
Vistos.
Por cuanto de la revisión exhaustiva realizada al presente juicio de RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA, intentada por la ciudadana CIRA DEL CARMEN PEREZ GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.120.505, de este domicilio, de este domicilio, contra los ciudadanos OLIVO RAMON RODRIGUEZ PEREZ y OLIVER JOSE RODRIGUEZ PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 19.828.540 y 21.127.380, respectivamente, en su condición de herederos del ciudadano RAMÓN ULIVER RODRÍGUEZ ZAMBRANO (difunto), quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.432.898 y contra los Herederos Desconocidos del mismo, se observa que el difunto RAMÓN ULIVER RODRÍGUEZ ZAMBRANO tiene una hija menor de nombre KARINA PAOLA, niña de dos años, conforme al dispositivo legal especial que rige la materia, concretamente el artículo 383 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se evidencia que significa una indudable proyección sustantiva del régimen de conocimiento de la jurisdicción de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la presente causa y en consecuencia, DECLINA el conocimiento de la presente causa al Tribunal de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de de Niños, Niñas y Adolescentes que corresponda por distribución. En consecuencia, se ordena remitir el expediente a la Unidad Receptora y Distribución de Documentos del área civil, con oficio, una vez quede firme la presente decisión.
Déjese la copia de ley.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los doce (12) días del mes de Enero de dos mil Once (2.011). Años 200° y 151°.
LA JUEZ TEMPORAL
ISABEL VICTORIA BARRERA TORRES
LA SECRETARIA
ELIANA HERNANDEZ SILVA
Seguidamente se publico a las 2:00 p.m., siendo la sentencia N° 20/2011 y se dejó copia certificada para control interno.
La Sec.
IVBT/Milagro
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