REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Veinticuatro (24) de Enero de dos mil once (2011).
200º y 151º

ASUNTO: KN02-X-2010-000027


Vista el acta de inhibición suscrita por el abogado MARTÍN ENRIQUE BONILLA ALVARADO, en su carácter de Juez del Juzgado Segundo del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, recibida en copia certificada el 19/01/2011, en la cual se inhibe alegando “… ME INHIBO de seguir conociendo de la presente causa signada con el Nº KP02-M-2002-0061, por cuanto existe ENEMISTAD MANIFIESTA entre mi persona y el abogado JORGE LUIS MOGOLLON, quien funge como parte demandante en la presente causa, ya que mi actuación como Juez podría crear un clima de interés directo, duda e imparcialidad discorde con lo que es una sana y mejor administración de Justicia. Dicha inhibición la fundamento en el ordinal 18 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil […] Por cuanto tal declaración le releva de pruebas, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la inhibición, por estar fundada en causa legal. En consecuencia, remítase copia certificada de esta actuación al Juez Inhibido, y también remítanse las presentes actas a la U.R.D.D. del área civil para que sean enviadas al Juzgado donde quedó el expediente en que se originó la inhibición. Líbrense oficios.
Cúmplase.
Déjese copia en este Tribunal a los fines del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
Dada, sellada y firmada en la Sala del despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los Veinticuatro (24) días del mes de Enero del año dos mil once (2011). Año 200º de la Independencia y 151º de la Federación.


La Juez Temporal

Isabel Victoria Barrera Torres


La Secretaria

Eliana Gisela Hernández Silva


En la misma fecha se publico siendo las 10:58a.m., sentencia Nº 2011/66 y se dejo copia


La Secretaria

Eliana Gisela Hernández Silva






IVBT/ligia