REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

En fecha 10/01/2011, se trasladó el Tribunal a fin de cumplir la Comisión en la siguiente dirección: Calle 32 entre Carreras 19 y Avda. 20 N° 19-39, Barquisimeto. El Tribunal notificó al esposo de la demandada: Alberto Hernández Ospino, dice que su esposa no se encuentra, que ya la llamó y ya viene. El Tribunal le advierte al Notificado de la necesidad de que esté asistido de Abogado para garantizar su derecho a la defensa. El Notificado manifiesta al Tribunal que ya está haciendo contacto con su Abogado. Siendo las 11:20 a.m. hace acto de presencia la demandada María Graciela Peña de Hernández y fue impuesta de la misión del Tribunal. El Tribunal advierte nuevamente a la Notificada la necesidad de estar asistida de Abogado. Se juramenta a Perito y Depositario. La Notificada dice que se encuentra asistida por el Abogado: Vicente Giovanny Castro Rodríguez I.P.S.A. N° 119.443, a quien deja en uso...de la palabra a fin ofrecer convenio de pago. El Abogado explana el convenio y forma de pago con indicación de las fechas. La Parte Actora Acepta a nombre de su representado, el convenio de pago hecho por la demandada, reservándose el derecho de exigir el pago total de la obligación, en caso de incumplimiento de las condiciones propuestas. Ambas partes están de acuerdo con el convenimiento y ...no se queda nada a adeudar por esta o por cualquier deuda relacionada con la misma, piden se remita la comisión al Tribunal de origen para su homologación. El Tribunal da por concluida su misión y regresa a su sede siendo las 12:55 p.m.