REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, nueve de febrero de dos mil once
200º y 151º

SENTENCIA

Nº DE EXPEDIENTE: TP11-L-2010-000244
PARTE ACTORA: JORGE ALFONSO VALERO CARRILLO
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: RUBEN RONDON
PARTE DEMANDADA: PROTECCION DE LOS ACTIVOS INDUSTRIALES C.A (PAICA) en la persona de su representante legal AURELIO GONZALEZ
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: YOLEIDA DURAN
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 9 de febrero de 2011 día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma el ciudadano JORGE ALFONSO VALERO CARRILLO asistido de su apoderado judicial RUBEN RONDON inscrito en i.p.s.a bajo el no 38. 886, según poder que corre inserto al folio 18 de la presente causa Y LA DEMANDADA PROTECCION DE LOS ACTIVOS INDUSTRIALES C.A (PAICA) en la persona de su representante legal AURELIO GONZALEZ, Asistido por la abogada YOLEIDA DURAN inscrita en i.p.s.a bajo el No 38.847,acto seguido, la jueza, aperturó el acto; la parte demandante solicito le derecho de palabra y expuso: Ciudadana jueza la parte demandada y mi persona hemos llegado a un acuerdo conciliatorio en la presente causa sobre las siguientes bases: demande la cantidad de un mil setecientos bolívares (Bs. 1.700,00) de la cual recibí en fecha 19 de agosto 2010, la cantidad de un mil quinientos (Bs. 1.500,00) y en este acto recibo la diferencia o sea la cantidad de doscientos bolívares (Bs. 200,00) en efectivo a mi entera y cabal satisfacción, con el recibo del presente cantidad declaro que la Empresa: PROTECCION DE LOS ACTIVOS INDUSTRIALES C.A (PAICA) en la persona de su representante legal AURELIO GONZALEZ , nada queda ha deberme por concepto de mis Prestaciones Sociales y demas emolumentos laborales solicitados en la presente demanda en razón de los servicios prestados a esa empresa ;solicito se homologue el presente acuerdo conciliatorio y se le otorgue el carácter de cosa juzgada, e igualmente solicito se ordene en este acto el archivo definitivo de la causa.“ Seguidamente se le otorgo el derecho de palabra a la parte demandada quien expuso: “Estoy de acuerdo con lo expuesto por el ciudadano JORGE ALFONSO VALERO CARRILLO, por cuanto ese fue el acuerdo conciliatorio al que llegamos en la presente Audiencia Preliminar e igualmente solicito sea homologado por este Tribunal y se le otorgue el carácter de cosa juzgada,”. Visto lo solicitado por las partes, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO CONCILIATORIO Y LE OTORGA EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA SE ORDENA EL ARCHIVO DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA. Se regresan las pruebas a la parte demandada. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. Siendo las 2:40 de la tarde; terminó, se leyó, y las partes al pie de la presente acta en señal de conformidad firman, habiéndose cumplido con todas las formalidades de ley. A los 200 años de la Independencia y 151 años de la Federación. Regístrese y Publíquese.

ABG. ANA R GUEDEZ MONTILLA
JUEZA PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN,


La parte demandante Abogado asistente de la parte demandante



La parte demandada Abogada Asistente de la parte demandada

LA SECRETARIA

ABG. EILEEN VALECILLOS