REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, dos de febrero de dos mil once
200º y 151º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: TP11-S-2010-000043
PARTE OFERENTE: SOCIEDAD MERCANTIL "HUABEI PETROLEUM
APODERADOS DE LA PARTE OFERENTE:
PARTE OFERENTE: LUIS ARGENIS DAVILA MARIN
APODERADOS DE LA PARTE OFERENTE:
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO
En el día hábil de hoy dos (02) de febrero (02) de dos mil once (2011), siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio ; se deja expresa constancia de que la parte oferente no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por si ni por intermedio de apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PRESENTE ACTO, igualmente se deja constancia que la parte oferida no se presento ni por si ni por intermedio de apoderado alguno. Se advierte a la parte oferida que existe cuenta bancaria a favor del ciudadano DÁVILA MARIN LUIS ARGENIS, titular de la cedula de identidad N- 15.584.393, signada bajo el N- 0175-0200-020060526772 de la Agencia BANFOANDES Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 200 °.
La Juez
La Secretaria
Abg. Yulibett Calderón
Abg. Astrid León
En esta misma fecha se publico La Secretaria
Abg. Astrid León
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