REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO IRIBARREN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciséis de febrero de dos mil once
200º y 151º

ASUNTO : KN03-X-2011-000022

Vista la solicitud efectuada por la ciudadana JENNY TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.490.564, en su carácter de Presidenta de la FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA MICROEMPRESA DEL ESTADO Lara (FUNDEME), en su condición de parte actora, este Tribunal niega la medida preventiva de Embargo solicitada, por cuanto la parte solicitante no señaló ni acompañó medio de prueba que constituya presunción grave de quedar ilusoria la pretensión del fallo, de conformidad con el artículo 585 del Código del Código de Procedimiento Civil. Y así se decide.
La Juez


Abog. Patricia Lourdes Riofrío Peñaloza
La Secretaria


Abg. Ilse Gonzáles