REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO IRIBARREN
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial
del estado Lara
Barquisimeto, 21 de febrero de 2011
200º y 151º
DEMANDANTE: La RED SOCIALISTA DE PRODUCTORES, EN INVERNADEROS DEL ESTADO YARACUY, (REDSPINY), inscrita en la Oficina de Registro Publico de los Municipios Urachiche y José Antonio Páez del estado Yaracuy, en fecha 15 de abril de 1999, bajo el Nº 14, folios del 54 al 66, Protocolo Primero, Primer Trimestre, de fecha 28 de enero de 2008, representado en la persona de su Coordinador General, ciudadano YONYS RAFAEL PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.592.415.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: JUAN ANTONIO GUTIERREZ CAMACHO, inscrito en el IPSA, bajo el Nro. 92.203.
DEMANDADO: SNEYDHER ANTONIO QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.331.780.
ABOGADO DE LA PARTE DEMANDADA: ANGEL IGNACIO QUINTERO, inscrito en el IPSA, bajo el Nro. 127.497.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
ASUNTO: KP02-X-2010-138
Vista la TRANSACCIÓN, efectuada en fecha 02 de febrero de 2011, por la parte actora a través de su apoderado judicial abogado JUAN ANTONIO GUTIERREZ CAMACHO, y por la otra parte, el ciudadano SNEYDHER ANTONIO QUINTER, debidamente asistido por el abogado ANGEL IGNACIO QUINTERO, todos arriba identificados, y por cuanto lo acordado no violenta el orden público ni versa sobre materias para cuyo tratamiento estén prohibidas las transacciones y disponiendo las partes de la capacidad suficiente para transar en el presente juicio y así ponerle fin al mismo, se le imparte su correspondiente HOMOLOGACIÓN. En consecuencia, téngase entre las partes, de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, la forma de auto composición procesal presentada, como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Y así se decide.
La Juez
Dra. Patricia Riofrío Peñaloza
La Secretaria
Abg. Ilse Gonzáles
PLRP/ig/paa.-